La nueva norma -que comienza a regir hoy 23 de Septiembre 2010- es válida tanto para los nuevos préstamos como para quienes quieran cambiarse de institución financiera. Además, se anunciaron cambios en las cláusulas de los contratos.
Desde hoy, los bancos que operan en Chile no podrán condicionar el otorgamiento y/o el valor de la tasa de interés de un crédito hipotecario a la contratación, por ejemplo, de una cuenta corriente, práctica común en la industria.
La eliminación de las “ventas atadas” en este tipo de productos -que fue anunciada ayer por el Ministerio de Hacienda y la Superintendencia de Bancos (SBIF)- se enmarca dentro de las modificaciones que buscan mejorar la protección de los clientes del sistema financiero.
El ministro de Hacienda, Felipe Larraín, señaló que el objetivo de este ajuste es “fomentar la movilidad y la competencia en este producto”, visión que también comparten en la industria.
Un ejecutivo del sector prevé que la medida obligará a los bancos a competir no sólo por ofrecer las mejores tasas y plazos, sino también a potenciar otros atributos, como la calidad de la atención y el servicio para retener y atraer a clientes.
Esto último, porque la normativa también prohíbe a los bancos subir la tasa de interés a una persona que teniendo un crédito hipotecario decida cerrar su cuenta corriente para abrirla en otro banco, según explicó Carlos Budnevich, superintendente de Bancos.
Fuente: El Mercurio 23-09-2010

















